Condenado a un año y ocho meses de prisión el ex alcalde de Tarifa Juan Andrés Gil

Juan Andrés Gil, exalcalde de Tarifa ha sido condenado a una pena de un año y ocho meses de prisión y a 10 años de inhabilitación para empleo o cargo público como autor de un delito de coacciones.

Así lo ha sentenciado el Juzgado de lo Penal número 1 de Algeciras y que parte de una denuncia presentada en 2015 por el entonces agente de la Policía Local Jorge Benítez, al que requirió «de forma intimidante» que retirara una multa de aparcamiento al concejal de Turismo Juan Antonio Santos. Gil no ingresará en prisión al no tener antecedentes penales, pero ya estaba inhabilitado para el desempeño de cargos públicos durante siete años por una condena judicial emitida en marzo de 2016.

Según los hechos probados de la sentencia, el 5 de enero de 2015 se celebraba en Tarifa la cabalgata de Reyes, por lo que la Policía Local había acotado algunas calles y prohibido el estacionamiento de vehículos. Sobre las 17:25, dos agentes sancionaron a un vehículo que se encontraba estacionado en una zona prohibida, como indicaba la señal circunstancial colocada, sin que el coche estuviera autorizado.

Represalias
Cuando los agentes pasaron por la puerta del asilo de ancianos de Tarifa, donde se encontraron con el Concejal de turismo, Juan Antonio Santos, propietario del vehículo, a quien uno de los policías se dirigió para indicarle que su vehículo había sido sancionado. El concejal respondió al agente con amenazas/advertencias de represalias sobre la multa.

Pasados unos minutos, ambos agentes se encontraban en un bar en la calle Sancho IV con motivo de una reyerta que se había producido, donde también estaba el entonces alcalde, Juan Andrés Gil, quien requirió al agente Jorge Benítez que se acercara y le preguntó por el incidente con el concejal. Según los hechos probados de la sentencia, de forma cada vez más intimidante comenzó a exigirle que quitara la denuncia, diciéndole que él era la máxima autoridad y si no quitaba la multa lo iba a pasar muy mal.

Ante la negativa del agente, el acusado, le increpó para que abandonara el lugar hasta en tres ocasiones. El agente se negó y decidió avisar al jefe de servicio para que acudiera al lugar a mediar en el incidente y esperó hasta su llegada.

Expedientes disciplinarios
Las amenazas proferidas fueron cumplidas por el alcalde -continúa la sentencia-, que pese a ser consciente de la actuación correcta de ambos agentes y de la absoluta falta de soporte legal e injusticia de la actuación, con fecha 13 de enero de 2015 dictó dos Decretos, el 17/2015 y el 18/2015 por el que se iniciaron dos expedientes disciplinarios al agente Jorge Benítez. Ambas fueron posteriormente revocadas por orden judicial.

En los fundamentos de derecho, la jueza estima varios los elementos que llevan a dar por acreditada la versión del denunciante frente a la del acusado, «que preguntado en el acto del juicio reconoce que ordenó al agente abandonar el lugar y mantiene la licitud de aquella orden». La declaración del denunciante, «que se ha mantenido en el tiempo desde la denuncia inicial el 6 de enero de 2015, sin contradicciones ni incongruencias«. También resulta «esencial y clarificante» la testifical del compañero de servicio de Jorge Benítez, «que vivió los hechos personalmente estando presente en todos los incidentes relatados, al que consideramos además un testigo imparcial ya que continúa trabajando como Policía Local de Tarifa, y por ende depende del Ayuntamiento de dicha localidad». Este corrobora que el alcalde «insultaba no solo a su compañero, el hoy denunciante, sino a él mismo, con objeto de que retiraran la sanción impuesta».

La jueza estima que partiendo orígenes más remotos, el incidente del 5 de enero parece «la gota que colma el vaso, o el detonante de todo lo que vino después, entendemos además que el propio proceso laboral, con la declaración de incapacidad permanente absoluta y una pensión que viene resarcir en modo suficiente los padecimientos sufridos Jorge Benítez» a consecuencia de un conflicto laboral originado en 2012.

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