BRUSELAS, 10 Dic. (EUROPA PRESS) –
Los ministros de Economía de la UE se han comprometido este martes a investigar las nuevas denuncias de España contra el régimen del impuesto de sociedades de Gibraltar (la denominada Income Tax Act de 2010) para verificar si incluye disposiciones que suponen una competencia fiscal perjudicial y por tanto vulnera el código de conducta comunitario sobre fiscalidad de las empresas.
La Comisión Europea ya decidió el pasado 16 de octubre, a raíz de una denuncia de España, lanzar una investigación en profundidad sobre este régimen ante las «dudas graves» de que podría infringir la normativa comunitaria sobre ayudas públicas.
Sin embargo, España ha vuelto a pedir al grupo del código de conducta sobre fiscalidad de las empresas, que incluye a representantes de todos los Estados miembros, «examinar otros aspectos del régimen fiscal de Gibraltar que no están cubiertos por el procedimiento sobre ayudas de Estado». Las autoridades españolas se han comprometido a presentar al resto de socios «información sobre otras partes potencialmente perjudiciales del régimen fiscal de Gibraltar», según las conclusiones aprobadas este martes por el Ecofin
«Durante la presidencia griega –que tendrá lugar durante el primer semestre de 2014– se llevará a cabo una revisión de la naturaleza de esta parte del régimen y de su conformidad con los principios del código», anuncia el Ecofin, que no precisa cuáles serán las disposiciones objeto de investigación.
El código de conducta sobre fiscalidad de las empresas exige a los Estados miembros que no adopten nuevas medidas fiscales perniciosas y que enmiendan las leyes o prácticas que se consideran perjudiciales. El código abarca las medidas fiscales (legislativas, reglamentarias y administrativas) que tienen, o puede tener, un impacto significativo sobre la ubicación de las empresas en la Unión.
El Tribunal de Justicia de la UE ya tumbó el anterior régimen fiscal que Gibraltar quería introducir en 2002 por considerar que concede ventajas indebidas a las empresas extraterritoriales que no tienen presencia real en el peñón y que quedaban exentas de pagar el impuesto de sociedades.