¿A quién sirve la Administración? Por Ángel Luis Jiménez

La cita previa se ha convertido en un requisito cada vez más común para que los ciudadanos puedan realizar trámites ante las Administraciones públicas. Nos merecemos un buen trato de las distintas administraciones y una mejor atención general. Pero no es así. ¿Por qué? ¿A quién sirve la administración?

 

Entiendo que el desconocimiento general de cómo actuar y la letalidad de la pandemia, obligaron a las administraciones públicas a tomar medidas drásticas encaminadas a evitar contagios, cambiando las dinámicas de aquellos servicios que, frecuentemente, se prestaban de forma directa y más o menos inmediata. Pero ahora parece que el peligro para el personal de la administración no es el virus, sino los ciudadanos ejerciendo sus derechos.

La Administración de este país parece olvidar que la pandemia del covid-19 se terminó, porque todavía sigue señalando como obligatoria la cita previa, aunque no esté relacionada directamente con la excepcionalidad sanitaria impuesta por la pandemia. Es más, el artículo 4.2 del Código Civil señala que la legislación excepcional no puede aplicarse a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas.

Al menos espero que, en ese lapso de tiempo, las administraciones públicas hayan aprovechado para mejorar los servicios telemáticos tan necesarios hoy, porque la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que los ciudadanos también tienen derecho a relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas.

En este sentido, es necesario recalcar que, sí se impone la obligación de solicitar cita previa por medios electrónicos, es importante garantizar que todas las personas tengan acceso a estos medios, ya sea a través de la propia administración pública o a través de servicios de ayuda o asesoramiento, porque son muchos los ciudadanos que carecen de la formación adecuada o de los medios necesarios.

No sé si la Administración ha calculado el coste de ese enorme colapso en el que se han convertido los procedimientos administrativos, desde solicitar la Pensión, la obtención del DNI, el certificado del Censo, la cita con el Centro de Salud, el Ayuntamiento, el Registro civil, la conexión con el internet del Colegio o con el organismo que realiza el pago de ayudas a colectivos necesitados. Me figuro que será bien alto. Y, ¿quién lo paga? O, ¿lo sufre?

La ley obliga a las Administraciones Públicas a regirse por el principio de efectividad, preservando el interés general. La cita previa opera como una restricción. Además, la cita previa obligatoria sin motivación alguna también infringe los principios de servicio efectivo a los ciudadanos, simplicidad, claridad y proximidad que las Administraciones Públicas deben de respetar en su actuación según el art. 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

Por eso, es importante destacar que la cita previa debe ser otorgada de manera eficiente y efectiva, y en caso de que existan retrasos o problemas para la obtención de una cita, se pueda presentar reclamaciones o quejas ante la propia administración pública o incluso ante el Defensor del Pueblo.

Parte del problema es la falta de funcionarios. La Administración se tiene que reorganizar para satisfacer los derechos de los ciudadanos, pero no sólo, también es necesario mejorar la tramitación de los procedimientos electrónicos porque hay mucha gente que se maneja bien por internet y podría tramitar sin tener que pedir cita previa o acudir presencialmente, y además la Administración no tendría que pedir a los ciudadanos la documentación que ya tiene o puede consultar en otras administraciones.

Pienso que la Administración sólo debería blindarse contra los ataques de los piratas informáticos, no de los ciudadanos, como hace ahora. La ciudadanía da razón de ser y sufraga con impuestos a las diferentes administraciones existentes. Por eso, esperamos de ellas un servicio digno y a la altura de nuestras necesidades. En general, los ciudadanos nos merecemos una mejor atención y un mejor trato.

En conclusión, la imposición de la cita previa por parte de las administraciones públicas puede ser legal, siempre y cuando se encuentre regulada por una norma jurídica. Si se impone sin una base legal, se podría argumentar que es ilegal. Y eso es lo que está ocurriendo. No tenemos remedio.

 

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