El Cuartón: Dejación y beneficio al promotor. Por AAVV El Cuartón

El paradigma de como la dejación del Ayuntamiento de Tarifa beneficia a un promotor en perjuicio de las arcas públicas y de los ciudadanos.

Partiendo de la base de que la aprobación de la urbanización El Cuartón se produjo en el año 1969, cuyas leyes establecían que el promotor debía depositar una fianza para garantizar su construcción, y que se desconoce dónde está o si se produjo dicho depósito, todo lo que vino después hasta la fecha no ha sido más que una negligencia continuada en el tiempo por parte del Ayuntamiento de Tarifa en perjuicio de los vecinos y en beneficio del promotor y del propio Ayuntamiento.
La sentencia del TSJA del pasado 18 de Junio, manifiesta que el Ayuntamiento no emprendió acciones para exigir sus obligaciones al promotor original. Obligaciones de más de cuatro décadas, en las cuales, la venta de las parcelas fue su enriquecimiento. Señala también que el Ayuntamiento no puede ignorar la situación real de la urbanización, con más o menos deficiencias a subsanar por quien correspondiera, pero es que, la urbanización nunca fue construida y no existen proyectos que la desarrollen. Por tanto, no pueden existir deficiencias en algo que no existe urbanísticamente, y es, justamente la no construcción, el motivo por el cual el Ayuntamiento se negó a recibirla.
El perjuicio para los vecinos es claro y evidente, el promotor jamás construyó la urbanización, cuyo deficiente estado achaca el Ayuntamiento a la falta de mantenimiento pero, si no existen proyectos de urbanización aprobados por este Ayuntamiento ¿Cómo se va a construir algo que no está ni en papel? ¿Cómo se va a conservar o mantener una urbanización que ni tan siquiera se ha construido? Y, a pesar de ello siempre se ha considerado a la urbanización como suelo urbano.
Las infraestructuras existentes, en su mayoría han sido costeadas y mantenidas por los propios vecinos. El Ayuntamiento obligaba-coaccionaba a aquellos que querían construir su casa a pagar a través de una supuesta comunidad de propietarios, a pesar de estar registrada su propiedad en el Registro de la Propiedad como “suelo urbano”. La ilegal constituida Comunidad no solo “convervaba” sino que se encargó de hacer nuevas calles, redes de agua y de electricidad, con cargo a cuotas de conservación, fuera de todo orden jurídico y urbanístico.
Así, el Ayuntamiento podía seguir otorgando licencias para edificar, enriqueciéndose, y con ello, éste y la supuesta Comunidad libraban al promotor de cualquier responsabilidad, tanto de la conservación, como de la construcción de la urbanización.
Según un informe reciente de este Ayuntamiento, el suelo de la urbanización es rústico, mientras, los vecinos pagan IBI urbano desde hace más de 30 años. Es rústico, debido a que no existe saneamiento, acerados ni alumbrado público, las calles están destrozadas, mantenidas por la supuesta comunidad que tapa los socavones con hormigón. Tampoco hay recogida de pluviales, ya que las aguas discurren por unas profundas cunetas en los laterales de las calles y donde éstas no existen, el agua corre por encima como ríos, destrozando otra vez lo que arregló la “comunidad”. Y así año tras año.
Además de la falta de infraestructuras para garantizar el suministro de agua, las existentes, fueron costeadas por los vecinos, para las viviendas que habían construidas hasta el año 1998. Desde entonces se han construido más de 50 viviendas con piscina y jardín, cuyas licencias son millonarias, sin garantizarse el suministro.


El Ayuntamiento en 1982 aprobó sancionar al promotor con cien millones de pesetas, sanción que no llevó a término porque podría perjudicar las negociaciones entre el promotor y los vecinos. https://cuartonparque.blogspot.com/2013/04/infraestructuras-comienzan-los.html
Según consta en un informe del Defensor del Pueblo Andaluz de 1994 que resolvió acusando al Ayuntamiento de negligencia por dejar en manos de los vecinos los asuntos urbanísticos de su exclusiva competencia, éste advertía al Ayuntamiento del perjuicio para las arcas públicas que supondría esta actitud. https://cuartonparque.blogspot.com/2013/08/20-anos-de-quejas-al-defensor-del.html
La queja de los vecinos ante el Defensor del Pueblo Andaluz se volvió a repetir en 2013. https://www.defensordelpuebloandaluz.es/resolucion-ante-la-queja-de-la-asociacion-de-vecinos-de-el-cuarton-tarifa
Por tanto, y a pesar de todas las denuncias de la Asociación de Vecinos de Cuartón Parque, el Ayuntamiento dejó correr el tiempo en favor del promotor, nunca le reclamó nada, y ahora el Ayuntamiento también debe expropiar las calles y zonas verdes sin construir, cuando el Plan General establece que el promotor debe entregarlas gratuitamente al Ayuntamiento, debidamente terminadas.
El Ayuntamiento ha venido concediendo licencias para edificar y otorgando habitabilidad, lo que supone la recepción tácita de la urbanización, y se le ha condenado a éste en mantener la urbanización.
Está claro que este juego de tres, Ayuntamiento, promotor y “comunidad” mantenido desde 1997 sólo ha servido para desvirtuar y tergiversar normas y leyes, en perjuicio de la convivencia entre los vecinos, puesto que este Ayuntamiento ha delegado en éstos sus propias competencias.
La supuesta ilegalmente constituida comunidad, es un instrumento creado exprofeso para ello, puesto que se dedica a desbrozar y limpiar las calles y parcelas que son de la promotora, y basa sus competencias en unos Estatutos, que son meras normas de funcionamiento, y cuyo contenido precisamente impide a los propietarios constituirse en una comunidad, dado que no existen elementos comunes y los servicios son municipales, no hay Titulo Constitutivo de comunidad ni, por tanto, Coeficientes de Copropiedad, ni sujeción a la ley de Propiedad Horizontal, porque todo pertenece a la promotora.
Los integrantes vecinos de ésta supuesta comunidad se han gastado cientos de miles de euros en abogados, y, en vez de actuar contra el Ayuntamiento y contra la promotora para reclamarle la construcción y mantenimiento de la urbanización, se han dedicado a denunciar a los vecinos que se oponen a pagar una ilegalidad que contraviene la Seguridad jurídica establecida en sus notas simples a la hora de comprar sus parcelas registradas en el Registro de la Propiedad. Incluso a la promotora pretenden cobrarle sus cuotas, cuando es ella quien ostenta el deber de la conservación de toda la urbanización por ser el dueño de la misma, y, el que ha exigido al Ayuntamiento su expropiación, es decir, el pago por el valor de la misma, valoración que aún está en litigio y que podría causar otro descalabro económico a este Ayuntamiento.

 

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