Los aeropuertos de Málaga y Sevilla y los puertos de Málaga y Motril completan los accesos andaluces a ciudadanos de fuera de la Unión
Los puertos de Algeciras y Tarifa se encuentran entre los puntos de entrada a España que el Gobierno ha designado para vuelos de pasajeros y buques de pasaje que presten servicio de línea regular con origen en cualquier aeropuerto o puerto situado fuera de la Unión Europea y Estados asociados Schengen. En el caso de Andalucía figuran otros puntos de acceso al país: los aeropuertos de Málaga y Sevilla así como los puertos de Málaga y Motril.
Según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE) este miércoles, se trata en toda España de los aeropuertos de Josep Tarradellas Barcelona-El Prat, Gran Canaria, Adolfo Suárez Madrid-Barajas, Málaga-Costa del Sol, Palma de Mallorca, Sevilla, Menorca, Ibiza, Lanzarote-César Manrique, Fuerteventura, Tenerife Sur, Alicante-Elche, Seve Ballesteros Santander, Bilbao y Valencia.
Por su parte, los puertos serán los de Barcelona, Bilbao, Las Palmas de Gran Canaria, Málaga, Palma de Mallorca, Tenerife, Valencia, Vigo, Santander, Alicante, Motril, Algeciras y Tarifa.
El Gobierno considera que estos aeropuertos y puertos son «Puntos de Entrada con capacidad de atención a Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional».
«Una vez finalizado el estado de alarma y levantadas las restricciones de entrada en relación con las fronteras interiores, el foco de atención se centra en otras zonas geográficas en las que la situación epidemiológica sigue siendo preocupante con un nivel de riesgo elevado», indica en el BOE.
Por este motivo, el Gobierno ha decidido «continuar limitando la entrada en España a través de los puntos de entrada designados a los medios de transporte internacional procedentes de terceros países, con el objetivo de identificar de manera temprana a las personas enfermas y a sus contactos en el marco de la Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional motivada por el Covid-19
No obstante, la limitación no se aplicará a las aeronaves de Estado, la realización de escalas con fines no comerciales, los vuelos exclusivos de carga ni a los vuelos posicionales, humanitarios, médicos o de emergencia ni a los buques de Estado, los buques que transporten carga exclusivamente ni a los buques que realicen navegaciones con fines humanitarios, médicos o de emergencia.
El Ministerio de Sanidad, previa solicitud justificativa, podrá levantar la limitación, autorizando puntualmente aeronaves o buques que transporten exclusivamente ciudadanos españoles, residentes en España u otros colectivos contemplados.