Alaya impone 29,5 millones de fianza civil a Magdalena Álvarez

Una medida cautelar que «tiene una decidida finalidad, cual es la devolución en la medida de lo posible del dinero que de manera indiciariamente ilícita ha salido del erario de la Junta».   En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez Mercedes Alaya impone además una fianza civil de 22.176.096,89 euros al exviceconsejero de Economía y Hacienda entre 1990 y 2004 José Salgueiro, y de 8.870.438,76 euros al exsecretario general de Hacienda andaluz entre 2000 y 2004 Antonio Estepa.   En la resolución, contra la que cabe recurso, la juez concede a los tres imputados el plazo de una audiencia, a contar desde el siguiente día a la notificación del auto, para la prestación de la fianza, advirtiendo de que ordenará el embargo de bienes para cubrir dichas responsabilidades si no se abona la fianza en dicho plazo.   Hay que recordar que, en la primera de las dos comparecencias de Magdalena Álvarez ante la juez, celebrada el 8 de octubre de 2013, ni la Fiscalía Anticorrupción ni la Junta solicitaron medida alguna para la imputada, mientras que la acusación que ejerce Manos Limpias pidió que se le impusiera una fianza de responsabilidad civil de 125 millones, más el tercio legal previsto.   En el caso de Magdalena Álvarez, imputada por dos presuntos delitos de malversación y prevaricación, la instructora toma como base para fijar la fianza civil las ayudas «efectivamente abonadas» hasta el 31 de diciembre de 2003, una cuantificación «realizada a groso modo» dado que su cargo «perduró hasta el 7 de febrero de 2004», precisando que el importe de las mismas asciende a 177.408.775,22 euros.   «Por razón de sus competencias y responsabilidad en los hechos, compartida principalmente con la Consejería de Empleo», la juez cuantifica la fianza civil referente a la exconsejera en 2/8 de dicha cifra, lo que son 22.176.096,90 euros más el tercio legal previsto.   La juez deja claro que la participación atribuida a la exministra «igualmente se aprecia en otros miembros de su Consejería, como el viceconsejero, el secretario general técnico y el director general de Presupuestos, así como de los responsables de la Consejería de Empleo –consejero, viceconsejero, secretario general técnico y director general–«.»DE FORMA TOTALMENTE OPACA»   Alaya considera que Magdalena Álvarez y los otros dos imputados, en virtud de los cargos ostentados, «serían promotores, en connivencia con otros, del procedimiento ilegal de concesión de subvenciones sociolaborales que se instaurarían en la Administración Autonómica desde el año 2000 y que perduraría hasta el año 2011», un procedimiento que «consistía en dotar a la Consejería de Empleo de un crédito presupuestario, las denominadas transferencias de financiación, legalmente inadecuado para el otorgamiento de tales subvenciones», ya que «su finalidad era financiar operaciones genéricas de los entes o empresas públicas».   Al hilo de ello, la instructora incide en que la adopción de este procedimiento «al margen de la Ley» se iniciaría, «entre otros, con la autorización de los inculpados encargados de la elaboración del presupuesto anual, en virtud del interés de la Junta de dar mayor agilidad a los procesos de ayudas sociolaborales», todo ello con la finalidad «básica» de «eludir el control de legalidad que significaba la fiscalización previa de la Intervención en los expedientes de subvenciones».   «Este uso ilegal de fondos públicos se permitiría por los inculpados, a sabiendas de que en virtud de dicho procedimiento la concesión de subvenciones sociolaborales necesariamente se realizaría con absoluta discrecionalidad y de forma totalmente opaca, incumpliendo los más elementales principios de actuación de la Administración consagrados en el Estatuto de Autonomía, como el de imparcialidad, transparencia y no discriminación y los principios rectores de la actuación subvencionadora: publicidad, libre concurrencia, objetividad e igualdad», asevera la juez.»DESPLAZAMIENTOS DE FONDOS PÚBLICOS A TERCEROS POR MERA LIBERALIDAD»   De este modo, las subvenciones «concedidas al margen de su procedimiento legal» se habrían convertido «en desplazamientos de fondos públicos a terceros por mera liberalidad».   La juez dice que «se podría afirmar que el uso que le dio la Consejería de Empleo a estos fondos públicos no era responsabilidad de los inculpados» aludidos, «pero para llegar a instaurar este procedimiento y disponer de gasto público el paso previo sería lograr dichos créditos presupuestarios, las transferencias de financiación, actuación en la que se incardinaría la participación» tanto de Magdalena Álvarez como de los otros dos exaltos cargos.   Agrega la magistrada que, durante 2000 y 2001, «se optaría por actuar al margen de la Ley de Presupuestos aprobada, utilizando la vía de las modificaciones presupuestarias», de manera que «se tramitaron por la Consejería de Economía y Hacienda» a la que estaban ligados los tres imputados «siete modificaciones presupuestarias para dotar de fondos a la partida de las transferencias de financiación». «Dichas modificaciones, aprobadas todas ellas por el Consejo de Gobierno, salvo una aprobada por Magdalena Álvarez, ascendieron a la suma de 93 millones», precisa.»PARTIDA FRAUDULENTA»   La juez pone de manifiesto que «el segundo paso, después de dos años de andadura, sería la introducción de dicha partida presupuestaria de las transferencias de financiación en el Presupuesto, concretamente en el año 2002 y de ahí en los sucesivos ejercicios económicos», una labor en la que «también tendrían una importante participación los inculpados», ya que la elaboración de los presupuestos «era una de las competencias» de la Consejería de Economía y Hacienda.   Así, y «para la inclusión de la partida fraudulenta en la Ley de Presupuestos, se aprovecharía la complejidad del lenguaje presupuestario, pues la clasificación económica del gasto por artículos y subconceptos sólo es accesible a expertos», dando como resultado todo ello «unas Leyes de Presupuestos que partían de los anteproyectos elaborados» por la Consejería de Economía, «que en relación al Programa 31L de la Dirección General de Trabajo serían frontalmente contrarios a gran parte del ordenamiento jurídico: a la Constitución española, al Estatuto de Autonomía, a la Ley General de subvenciones o a la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma andaluza».   Alaya considera que la inclusión en el Presupuesto de dicha partida de transferencias de financiación «daría lugar a un uso completamente arbitrario de los fondos públicos» por parte de la Consejería de Empleo, «amén de desmesurado al asumirse compromisos por encima del techo presupuestario, generándose un déficit en IFA en los años 2003 y 2004 de 38 y 93 millones, respectivamente, al ser IFA la que adelantaba el caudal público».   Los imputados «contribuirían a alimentar la ilícita partida con la tramitación de nuevas modificaciones presupuestarias, concretamente cinco en 2002 que ascendieron a 32,1 millones, de los cuales cuatro fueron aprobadas por el Consejo de Gobierno a propuesta de Magdalena Álvarez y una autorizada por ella».   Todos estos «indicios», según Alaya, «vendrían asimismo corroborados» por el informe de fiscalización realizado por la Cámara de Cuentas de Andalucía sobre las ayudas sociolaborales otorgadas por la Junta entre 2001-2010, un informe que «apunta claramente a la importancia que ha tenido la elaboración de los sucesivos presupuestos anuales para el mantenimiento del procedimiento presuntamente ilegal y en los que por razón de competencia habrían sido protagonistas los inculpados».

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