Cuba condena a cuatro años de prisión a Ángel Carromero

TCAM-Europa press

La justicia cubana ha condenado a cuatro años de privación de libertad al dirigente de Nuevas Generaciones del PP Ángel Carromero por el homicidio imprudente de los dos disidentes cubanos Oswaldo Payá y Harold Cepero, informa el portal de noticias oficial ‘Cuba debate’. La sala Primera de lo Penal del Tribunal Provincial de Granma considera probado que el accidente de tráfico en el que murieron Payá y Cepero el pasado 22 de julio se produjo «como consecuencia de la conducta imprudente» de Carromero, que era quien conducía el vehículo accidentado. La sentencia puede ser impugnada tanto por el acusado como el fiscal mediante recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Popular. La condena, por ser menor de cinco años, abre la puerta a que Carromero, si es autorizado a cumplir la pena en España, esté sometido a algún tipo de vigilancia penitenciaria, pero sin que sea necesario su ingreso en prisión, han informado a Europa Press fuentes diplomáticas. La sentencia de Carromero se conoce diez días después de que fuera juzgado en Bayamo, localidad cercana al lugar del siniestro, en el sureste de Cuba. La Fiscalía solicitó para el español una pena de siete años de cárcel, tres años y medio por cada víctima. El vehículo, conducido por el miembro de NNGG, se salió de la vía en el kilómetro 724 de la carretera que comunica Las Tunas con Bayamo, en la provincia de Granma. En el coche también viajaba el joven político sueco Jens Aron Modig, que inicialmente fue retenido por las autoridades cubanas pero pudo volver a los pocos días a su país. Modig alegó que dormía en el momento del siniestro y dijo tener recuerdos borrosos. El dirigente popular ha permanecido desde finales de julio en prisión provisional en el centro de seguridad del Estado ‘100 y Aldabó’, en la capital cubana. Los ministros de Asuntos Exteriores de España y Cuba, José Manuel García-Margallo y Bruno Rodríguez, acordaron el pasado 27 de septiembre en Nueva York que hablarían de nuevo para valorar la sentencia, una vez que fuera dictada. DISTINTAS VERSIONES Las autoridades cubanas atribuían el accidente a la velocidad excesiva con que supuestamente conducía Carromero y, en un vídeo difundido por el Gobierno de la isla días después de su arresto, el dirigente de NNGG admitió que perdió el control del vehículo al entrar en un bache, si bien no aclaró a qué velocidad circulaba. En dicha grabación, cuya veracidad ha cuestionado la disidencia cubana, Carromero pidió a la comunidad internacional que evitase utilizar el caso con fines políticos y negó que otro vehículo les golpeara por detrás. La familia de Payá, sin embargo, ha alertado de un supuesto complot para matar al que fuese responsable del Movimiento Cristiano Liberación (MCL) y ha llegado a decir que uno de los dos supervivientes alertó a sus allegados a través de un SMS de que un coche les venía siguiendo y les embistió varias veces. La viuda de Payá, Ofelia Acevedo, ha exculpado a Carromero de cualquier responsabilidad y ha pedido saber «la verdad» de lo ocurrido. Ni los parientes de Payá ni los de Cepero han presentado denuncia alguna contra el político español. OPCIONES TRAS LA SENTENCIA Las gestiones del Gobierno español en favor de Carromero seguirán estando encaminadas a partir de ahora a conseguir que el dirigente de Nuevas Generaciones pueda regresar a nuestro país lo antes posible. Para ello existen tres opciones. El Ejecutivo cubano podría indultarle –ésta sería la mejor opción, pero también la más improbable– o dejarle en libertad expulsándole del país. El Código Penal cubano, o Ley 62, estipula en su artículo 46.3 que el Consejo de Ministros «puede decretar la expulsión del extranjero antes de que éste cumpla la sanción principal impuesta», que se declarará «extinguida». Es decir, que Carromero podría regresar a España sin que tuviera que responder aquí de ninguna responsabilidad penal. En caso de que el régimen castrista no quisiera expulsarle, a Carromero le quedaría otra opción. Podría beneficiarse de un traslado para cumplir en España la condena, siempre según «los casos y en la forma establecidos en los tratados», dice la Ley 62. España y Cuba tienen un convenio bilateral para el traslado de personas condenadas que data de 1998 y podría aplicarse en el caso de Carromero. Para poner este acuerdo en marcha, lo primero que se precisa es que la sentencia sea firme. En base a ese convenio, España tendría que ofrecer a Cuba una «indicación aproximada de cómo se cumplirá la condena en el Estado de cumplimiento y la fecha de extinción de la pena o medida». El acuerdo permitiría deducir «íntegramente» a la condena el tiempo que Carromero ha pasado en prisión provisional.

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