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Un comentario
Por lo que se conoce fueron terrenos expropiados (en espera de confirmación de veracidad de información) para un uso privado (central nuclear), con finalidad pública (suministro de energía); por lo tanto por el no cumplimiento de la motivación de la expropiación forzosa cabría demanda judicial para la anulación de dicha expropiación y por lo tanto, todo negocio jurídico posterior.
Por otro lado tanto el gobierno autonómico o del Estado podrían activar los medios legislativos para hacer efectivo el carácter protector de la figura “Parque Natural”, como pasó hace poco en Doñana, esta protección suele incluir incluso amplias zonas adyacentes a lo protegido por el Parque, pero hasta ahora hay un silencio sepulcral por parte de los poderes públicos, mal hacen porque la Constitución les obliga a proteger el medioambiente, no a facilitar la construcción de pisos turísticos, restaurantes y bares-discoteca en la playa o cerca.