El objetivo principal de esta Ordenanza, tal y como refiere el texto normativo en su exposición de motivos, es el de «preservar el espacio público de nuestro municipio como un lugar de convivencia y civismo, en el que todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, de ocio, de encuentro y de recreo, con pleno respeto a la dignidad y a los derechos de las demás personas y a la pluralidad de expresiones y de formas de vida diversas, que enriquecen nuestra ciudad. Parte, para ello, de un principio de garantía de los derechos y libertades individuales y ajusta las medidas punitivas al principio de intervención mínima»
De esta manera, las conductas individuales sólo se tipifican como infracciones en la medida en que afectan o impiden el libre ejercicio de las de las demás personas y para su sanción se tienen en cuenta los principios de lesividad y mínima trascendencia.
La Ordenanza pretende ser una herramienta efectiva para hacer frente a las distintas situaciones y circunstancias que pueden afectar a la convivencia o alterarla e intenta ser según la norma, «una respuesta democrática y equilibrada a esas nuevas circunstancias y situaciones, basándose, por un lado, en el reconocimiento del derecho de todas las personas a comportarse libremente en los espacios públicos y a ser respetados en su libertad; pero, por otro lado, también, en la necesidad de que
todos y todas asumamos determinados deberes de convivencia y de respeto a la libertad, la dignidad y los derechos reconocidos a las personas, así como al mantenimiento del espacio público en condiciones adecuadas.»
Entre algunas de las prohibiciones que esta norma recoge, publicadas por la Policía Local Tarifa, se encuentran las siguientes: