El Ayuntamiento de Tarifa mantiene la agenda de actividades navideñas, Cabalgata de Reyes incluida

Ha sido una de las principales cuestiones abordadas este mediodía en el seno de las comisiones Técnica y de Seguimiento de la COVID-19 que se han dado cita de manera semipresencial. 
El gobierno local mantiene por ahora una programación festiva que ya en su planificación inicial incorporaba principios de precaución superiores a las medidas en vigor para garantizar la seguridad colectiva.  Actividades previstas en el calendario festivo como la vistita a SS.MM. los Reyes Magos de Oriente en el recinto del Castillo y la propia Cabalgata de Reyes Magos se mantienen así en la agenda a día de hoy ante la evolución de la pandemia. Con todo,  el Ayuntamiento de Tarifa está pendiente de las medidas o restricciones adicionales que se puedan adoptar en el ámbito del distrito sanitario del Campo de Gibraltar-Oeste  para ajustar el desarrollo de una programación que por otro lado, garantizará el cumplimiento de las medidas de seguridad sanitaria. 
Exigencia del Certificado COVID-19 en hostelería y ocio nocturno
En el seno de las citadas comisiones se ha analizado también la novedad del pasaporte COVID-19 en el acceso al interior de bares, restaurantes y locales del ocio. 
Desde el Ayuntamiento de Tarifa se recuerda así la obligatoriedad de presentar el Certificado de vacunación COVID-19 (o pruebas diagnósticas negativas realizadas en las últimas 72 horas, en caso de las PCR, y 48 horas, en el caso de antígenos)  entre la personas mayores de 12 años que quieran acceder al espacio interior de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento.  
En conformidad con lo dispuesto, los establecimientos que incorporan esta obligatoriedad son los del ramo de la hostelería general, con y sin música; los establecimientos de esparcimiento de carácter general y para menores y las salas de celebraciones. En ellos se colocará cartelería informativa al público sobre el carácter necesario de aportar esta documentación en el acceso al mismo, así como sobre la no conservación de los datos personales sanitarios mostrados. 
Se recuerda además que la orden que regula la entrada en  vigor del citado pasaporte COVID-19 en el interior de bares y restaurantes  establece la acreditación documental de la identidad. Será imprescindible acreditar la identidad a través del DNI

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