Ya puedes solicitar el Bono Joven de Alquiler, ¿Cuáles son los requisitos? ¿Qué tengo que hacer?

Hasta el 14 de febrero de 2023 (a las 15:00 horas), los jóvenes entre 18 y 35 años que cumplan los requisitos pueden solicitar desde ayer martes esta ayuda de 250 euros mensuales durante 2 años,  los que la perciban podrán recibir unos 6.000 euros. La solicitud solo puede hacerse de forma telemática y hay un número de plazas limitadas para las 14.000 primeras solicitudes, de llenarse este cupo antes del fin del plazo, este se cerraría provisionalmente.

Para poder recibir la ayuda, el alquiler mensual que se paga ha de situarse entre los 600 y los 900 euros, una cifra que en Andalucía depende del número de habitantes de la localidad.

Si el alquiler es para una habitación, y no para una vivienda completa, su precio mensual deberá rondar los 300 y los 450 euros.

A continuación, detallamos los pasos a realizar para cumplimentar esta solicitud. Puedes acceder a ella a través de este enlace.

1. Obtener el certificado digital FNMT

La solicitud del Bono Joven se realiza a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (VEAJA). Para ello es necesario tener el certificado digital de persona física que emite la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).

2. Descargar app Autofirma

Es necesario descargar esta aplicación en el ordenador o dispositivo móvil para poder firmar la solicitud electrónica del Bono Alquiler en VEAJA. 

Esta aplicación está disponible para los siguientes sistemas operativos: Windows, Mac OS X y Linus 64. En móviles y tabletas puede descargarse tanto para iOS como para Android desde el siguiente enlace en el que también se encuentran los distintos manuales de usuario.

3. Dar de alta tu cuenta bancaria

Otro de los requisitos claves para poder beneficiarse de esta ayuda es estar dado de alta en el Registro de cuentas de Terceros de la Tesorería General de la Junta de Andalucía. Es recomendable realizar este paso después de obtener el certificado digital, pues este permite darse de alta de forma telemática.

Si no quiere realizarse a través de internet (en este enlace), puede presentarse la ficha de terceros rellenada y sellada por su entidad bancaria en la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento y Vivienda que corresponda.

4. Obtención de la referencia catastral de la vivienda

Puede conseguirse introduciendo la dirección completa en los campos habilitados del buscador de inmuebles de la Sede del Catastro.

Si la vivienda es unifamiliar solo se obtendrá una única referencia. Para los edificios plurifamiliares, cada vivienda tendrá su propia referencia que aparecerá en un listado junto a las demás. Desde la función cartografía de la misma web se puede directamente buscar la vivienda sobre el mapa.

Una vez realizado esto se puede obtener la referencia catastral, así como un croquis de la parcela construida en la que está y una fotografía de la fachada.

En el día de hoy la gran marea de peticiones ha provocado un colapso en la web. A pesar de ello, varios cuentas de redes sociales de la Junta han continuado anunciando la ayuda y cómo solicitarla, mientas que no se podía acceder a la web.

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