Además, los centros podrán entregar a las familias que lo soliciten, con cita previa, el material escolar para el reforzar el desarrollo de las actividades lectivas a distancia. Así se recoge en las instrucciones que la Consejería de Educación y Deporte ha enviado a los centros educativos, tras recoger propuestas de las mesas sectoriales, que incluyen también el personal que debe incorporarse, las medidas organizativas y de higiene y prevención según los protocolos de las autoridades sanitarias, entre otras.
En concreto, las instrucciones serán de aplicación tanto en los centros sostenidos con fondos públicos como en las escuelas infantiles y centros de educación infantil adheridos al Programa de ayuda para el fomento de esta etapa. Los centros privados las adecuarán a su organización. En cuanto a los horarios de apertura, los centros públicos permanecerán abiertos al público, con carácter general, entre las 9.30 de la mañana y las 13.30 de la tarde.
En los centros que impartan sus enseñanzas exclusivamente por las tardes y, no puedan abrir la secretaría por la mañana, el horario de apertura será de cuatro a ocho de la tarde. No obstante las delegaciones territoriales de Educación podrán autorizar otros horarios de apertura por las características de tamaño, dotación de personal administrativo o contexto socioeconómico del centro a solicitud de la dirección.
Sobre las medidas organizativas para atender a las familias que acudan al centro a solicitar plaza escolar o para cualquier otra gestión relacionada con el procedimiento de admisión, las direcciones de los centros serán las encargadas de implantar las iniciativas necesarias para evitar la aglomeración, garantizando así la distancia entre las personas de, al menos, dos metros.
De esta manera, se podrá limitar el aforo o establecer un sistema de cita previa. Asimismo, las personas solicitantes de plaza escolar irán a los centros individualmente y permanecerán en sus instalaciones el tiempo imprescindible para la realización de las gestiones propias del procedimiento. El público no podrá desplazarse por las instalaciones de los centros, más allá de las que hayan sido habilitadas como zonas de espera, y respetará el distanciamiento social.
Respecto al personal que debe incorporarse de forma presencial a cada centro docente público será: la dirección y, de acuerdo con lo que establezca el director o directora, los restantes miembros del equipo directivo; el personal de conserjería (ordenanzas), el de limpieza, el personal administrativo, incluidos, en su caso, los monitores escolares y los secretarios o secretarias.
En las escuelas infantiles cuya titularidad corresponda a la Administración de la Junta de Andalucía se incorporará el director o directora y el personal de servicio doméstico. En los restantes centros docentes sostenidos con fondos públicos se incorporará de forma presencial el personal necesario para la correcta prestación del servicio, de acuerdo con lo que determine la titularidad o, en su caso, la dirección de cada centro.
Medidas de higiene y prevención
Las instrucciones también incluyen las medidas de higiene y prevención recomendadas por las autoridades sanitarias que se deben adoptar por el COVID -19 para personal docente, de administración y servicios y de limpieza. En este sentido, los centros educativos dispondrán, antes de su apertura, del material necesario para que puedan desarrollar sus funciones en esta situación provocada por el coronavirus y se realizará una limpieza y desinfección de las instalaciones que vayan a ser utilizadas tanto por los trabajadores del centro como por el público que acuda al mismo para realizar las gestiones correspondientes.
Para ello, Educación ha solicitado a los ayuntamientos su colaboración para que se puedan abrir en la fecha prevista. La Consejería ha enviado una carta a todos los ayuntamientos y también al presidente de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), Fernando Rodríguez Villalobos, para que lleven a cabo las labores de limpieza en los CEIP teniendo en cuenta las indicaciones de las autoridades sanitarias. Así, se recomienda el uso de mascarilla y guantes para todos los trabajadores.
En el caso del personal de limpieza y del que realice funciones de atención directa al público será preceptivo el uso de guantes y mascarilla. Los puestos de atención directa al público se dispondrán de forma que se garantice entre el personal del centro y las personas visitantes la distancia social. Si esto no fuera posible se dotará al personal de pantallas faciales o se instalarán mamparas transparentes.
Se extremará la limpieza de las dependencias con presencia de público, incluyendo las zonas comunes, y las superficies de contacto más frecuente como pomos de puertas, mostradores, estanterías, mesas del personal, muebles, pasamanos, teléfonos, suelos, perchas y otros elementos de similares características, varias veces al día, con los desinfectantes autorizados para tal fin y colocando en lugar visible un registro de trazabilidad. También, se deberá disponer de papeleras, a ser posible con tapa y pedal, en las que poder desechar pañuelos y cualquier otro material desechable.
Dichas papeleras deberán ser limpiadas de manera frecuente y, al menos, una vez al día. Además, se deben realizar tareas de ventilación periódica de las instalaciones, al menos una vez al día y por espacio de cinco minutos. Asimismo, es aconsejable reforzar la limpieza de los filtros de aire y aumentar el nivel de ventilación de los sistemas de climatización.
El personal del centro tendrá permanentemente a su disposición en el lugar de trabajo geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos. Se dispondrá de agua, jabón y toallas de papel desechables en los baños con objeto de facilitar el lavado de manos del personal y, en caso de estricta necesidad, del público que acuda a los centros.
Además, se procurará una distribución adecuada del espacio de forma que el personal ocupe lugares donde pueda ejercer su trabajo respetando la distancia de seguridad.