La portavoz socialista, Rocío Arrabal, recuerda que “el conflicto de intereses puede ser la puerta de entrada a la corrupción”, y detalla ante los medios de comunicación que los hechos, que deben ser investigados, se refieren al presunto cobro por parte del alcalde de Algeciras, como titular de un centro médico de reconocimiento de conductores, de facturas abonadas durante años por el Ayuntamiento a funcionarios municipales
El PSOE de Algeciras ha registrado este miércoles ante la Fiscalía Anticorrupción del Tribunal Supremo un escrito en el que se informa al Ministerio Fiscal sobre la presunta participación del alcalde de Algeciras, José Ignacio Landaluce (PP), en presuntos delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y negociaciones prohibidas por la Ley a autoridades públicas.
Así lo ha anunciado la secretaria general del PSOE de Algeciras y portavoz del Grupo Municipal Socialista, Rocío Arrabal, en una rueda de prensa junto con el secretario de organización de la Ejecutiva local y viceportavoz, Fran Fernández, en la que ha aportado diversa información sobre estos hechos, que deberán ser investigados por el alto Tribunal, dada la condición de aforado del también senador del PP, y que se refieren al presunto cobro por parte de Landaluce, como titular de un centro médico de reconocimiento de conductores, de facturas abonadas durante años por el Ayuntamiento a funcionarios municipales, y aprobadas bajo su presidencia como alcalde, lo cual, según denuncia el PSOE, está “absolutamente prohibido” por el Código Penal.
«El conflicto de intereses puede ser la puerta de entrada a la corrupción», ha señalado la portavoz del PSOE durante su intervención ante los medios de comunicación, con los que ha compartido pantallazos de facturas y otras pruebas que también han sido trasladadas a la Fiscalía, a fin de que sea la Justicia la que inicie las actuaciones correspondientes y dirima las responsabilidades oportunas.
Arrabal ha incidido en que, independientemente de que, durante estos 14 años de Landaluce al frente de la alcaldía, los funcionarios “hayan podido elegir libremente o no el centro médico al que deseaban acudir para renovar su permiso de conducir, que esa es otra cuestión», lo verdaderamente relevante, “no ya sólo desde un punto de vista ético, sino también desde el punto de vista legal”, es que «el alcalde haya estado aprobando el pago, con dinero público, de facturas de su negocio privado».
“Ya sabemos que el señor Landaluce no tardará nada en mandar a alguien a decir que todo esto no es más que un bulo del PSOE, o que lo hizo ‘por ayudar’, como hizo, para intentar salir del paso, con el caso de los pantallazos y el silencio de Laura Ruiz, que sigue manteniendo como si le fuera la vida en ello… Como siempre, intentará engañar a la ciudadanía y convencerla de que la culpa de todo lo que él hace mal la tenemos los demás, pero la realidad es la que es”, ha añadido la portavoz socialista, que ha detallado ante los medios el contenido del artículo 439 del Código Penal, que recoge el delito de abuso de autoridad, con penas de prisión de seis meses a dos años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para el empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de dos a siete años.
La líder del PSOE algecireño ha recordado ante los periodistas que “las incompatibilidades son fundamentales para mantener la integridad y transparencia en la función pública, evitando que los servidores públicos se beneficien de su cargo o que sus intereses personales interfieran con el interés general”, y ha explicado que las referidas facturas por renovación del carnet de conducir en el centro médico de Landaluce, que han sido abonadas íntegramente a los trabajadores en virtud del convenio laboral, han sido aprobadas durante estos años, por “unanimidad”, por juntas de gobierno presididas por el propio alcalde.
Tras mostrar ante las cámaras un “tocho” con buena parte de todas esas facturas, la portavoz socialista ha recordado también que “la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que los alcaldes deben abstenerse de participar en la deliberación, votación y decisión de asuntos en los que tengan un interés personal que pueda generar un conflicto de intereses”. Asimismo, “si un alcalde no se abstiene cuando debe, sus decisiones podrían ser anuladas por los Tribunales, y podría incurrir en responsabilidades penales”.
Conflicto de intereses y abuso de poder
La portavoz del PSOE ha recordado que, si hubiera querido hacer las cosas “bien”, el alcalde podría haber optado, cuando se aprobó esta bonificación para los funcionarios, mejorando el convenio, por sacar a licitación este servicio, “pero claro, entonces él no podría haberse presentado”. También podría “haberse abstenido de realizar reconocimientos médicos a funcionarios del Ayuntamiento del que es alcalde-presidente, haber derivado estos servicios a otros centros médicos sin vinculación con su persona, o no haber participado en ninguna decisión relacionada con la aprobación de esos gastos, pero no ha sido así”.
“El alcalde ha intervenido doblemente en estas operaciones: como prestador del servicio médico y como autoridad que aprueba el pago, beneficiándose económicamente de una decisión en la que participa como autoridad, en un claro caso de conflicto de intereses y de abuso de poder, sobre el que ahora tendrá que pronunciarse la Justicia”, ha añadido la portavoz socialista.
“Ya hemos dicho en muchas ocasiones que el alcalde utiliza el Ayuntamiento y a los funcionarios municipales como si esto fuera su cortijo”, añadió por su parte Fran Fernández, que aportó durante su intervención algunos otros ejemplos de la forma de proceder de Landaluce, un alcalde “con dos caretas”, un “lobo con piel de cordero” que “poco a poco va quedando desenmascarado ante la ciudadanía de Algeciras”.
En lo que respecta al trato dado a la oposición, y al uso de la institución municipal por parte de quien representa a todos los algecireños, a los que le votaron y a los que no, Fernández desveló ante los periodistas que “una vez incluso recibimos una carta del abogado de la madre del señor alcalde, porque habíamos pedido una documentación al Ayuntamiento, no a ella, ni a su abogado, sobre la obra de un edificio del que ella es propietaria… ¿quién transmitió nuestro escrito a esta señora y a su abogado, si nosotros lo habíamos registrado en el Ayuntamiento?”.